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¿Puedo deducir gastos en los que incurrí antes de darme de alta como autónomo?

Última actualización: July 08, 2026

Los bienes de inversión adquiridos antes del alta (como ordenadores portátiles, cámaras o herramientas profesionales) pueden incluirse como gastos de la actividad siempre que se utilicen de forma exclusiva y efectiva en tu posterior desarrollo profesional, registrándose como activos sujetos a amortización.

Otros gastos preparatorios (alquileres, formación, suministros, etc.) también son deducibles en el IRPF si demuestras documentalmente que se realizaron con el único fin de preparar tu futura actividad económica.

¿Qué ocurre con el IVA de estos gastos previos?
Para deducir el IVA de forma totalmente segura, la normativa exige haber presentado previamente un Modelo 036 declarando el "inicio de operaciones previas a la actividad" antes de realizar el gasto. No obstante, los tribunales permiten la deducción de este IVA si puedes probar ante Hacienda, mediante pruebas objetivas, la intención clara e inequívoca de destinar esos bienes o servicios a tu negocio.

Al ser un procedimiento riguroso con Hacienda, te sugerimos verificar detalladamente estos gastos previos con tu gestor de Xolo antes de incluirlos en la plataforma para evitar requerimientos.

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