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¿Puedo facturar al 7% de IRPF?

Última actualización: March 01, 2024

Tienes la posibilidad de aplicar un 7% de retención en las facturas a tus clientes siempre y cuando acabes de iniciar tu actividad como autónomo, es decir, que no hayas ejercido tu actividad profesional en todo el último año.

La retención reducida de IRPF es un beneficio que tienen los nuevos autónomos para poder tener una mayor liquidez durante sus comienzos, por eso solo podrán aplicarlo quienes no hayan ejercido actividad económica en los doce meses previos al alta. 

⚠️ La ley exige que se retenga el 15% de IRPF en las facturas con profesionales autónomos. Por eso, deberás informar formalmente a todos tus nuevos clientes de que cumples con los requisitos para beneficiarte de la reducción en la retención. Puedes descargar esta carta tipo: Comunicacion_Retencion_al_7.docx. Además, puedes adjuntar el documento de tu alta como autónomo para acreditar la fecha y justificar que te apliquen el 7%.

En definitiva, como freelance, los requisitos para aplicar una retención reducida al inicio de tu actividad profesional sólo son dos:

  • Que no hayas ejercido ninguna actividad en los anteriores 12 meses

  • Comunicar a tus clientes que aplicarás la retención del 7%

¿Es obligatorio aplicar el 7% de IRPF si acabo de empezar?

No es obligatorio, pero recomendable si estás empezando y no sabes si tendrás muchos beneficios al principio. Si tienes dudas lo mejor será que hables con nuestro equipo de expertos (ayuda@xolo.io) para que te aconsejen si te conviene más aplicar otro porcentaje de IRPF. 

Piénsalo así, si en tus facturas de cada trimestre has ido abonando mayores cantidades de impuestos, te tocará ingresar menos en la declaración de la renta anual (y a la inversa). Al final lo pagarás de una forma u otra, antes o después.

¿Cuándo NO puedes aplicar la retención reducida del IRPF a tus facturas?

Si tu caso no coincide con estos requisitos o si ya han pasado más de 2 años desde el año en que iniciaste actividad, tendrás que indicar el porcentaje de retención del IRPF que te corresponda en función de tus ganancias, que es del 15%.

Si te has venido aplicando una retención inferior a lo que te corresponde, porque no se ha avisado al cliente o por algún error en las comunicaciones, la ley establece que sólo podrás deducir por concepto de “retenciones y pagos a cuenta” las cantidades correctas que te han retenido los obligados a retener, es decir, tu cliente. Ten en cuenta que independientemente del importe de las retenciones que apliques, todo quedará regularizado en tu declaración de la renta, en la que se tendrá en cuenta el total de tus ingresos.

Como cliente de Xolo, si has realizado las facturas desde nuestra plataforma, no tienes que preocuparte de que las retenciones en tus facturas sean incorrectas, ya que se aplicará la retención que convenga automáticamente. 

Si tienes dudas sobre este tema, te aconsejamos que te pongas en contacto con nuestro equipo (ayuda@xolo.io). ¡Estaremos encantados de ayudarte!




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