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¿Qué debes saber sobre la cuota de autónomos de la Seguridad Social?

Última actualización: February 08, 2024

La cuota de autónomos es una de las obligaciones que conlleva el darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, el RETA. Inscribirse en el RETA es un paso obligatorio para cualquier persona que trabaje por cuenta propia. 

Una vez que te des de alta como autónomo en la Seguridad Social, será tu responsabilidad comenzar a pagar la cuota de autónomos.

Desde Xolo te ayudamos con el alta y la baja si fuera necesario, pero no es necesario presentar ningún modelo ni formulario adicional.


¿Cada cuánto se hace el cargo de la cuota de la Seguridad Social?

La Seguridad Social te cobrará la cuota mensualmente el último día hábil del mes mediante domiciliación bancaria en tu cuenta –¡no olvides tener dinero suficiente en tu cuenta bancaria para entonces!

☝️Si te das de alta cómo autónomo antes del día 15 del mes en cuestión, la Seguridad Social te cobrará la parte proporcional. Si en cambio te das de alta después del día 15, la parte proporcional de la cuota de ese mes, se cobrará el último día del mes siguiente, junto con la cuota del mes en curso.

La cuenta bancaria para las cuotas de la Seguridad Social será la que habías marcado en el momento de tu alta de autónomo. Si quieres cambiarla, deberás ponerte en contacto con la Seguridad Social personalmente, ya que nosotros no podemos modificarla por ti. Te dejamos por aquí cuáles son los bancos aceptados por la Seguridad Social para el pago de sus cuotas.

¿Cuánto tendré que pagar de cuota?

La cantidad exacta dependerá de la base de cotización que escojas (hay un mínimo y un máximo) y de las posibles bonificaciones a las que te puedas acoger. Más info

Si tienes dudas sobre qué base de cotización escoger, no dudes en contactar con nuestro equipo de expertos ayuda@xolo.io

¿Puedo deducirme esta cuota como gasto?

Sí. Los trabajadores por cuenta propia pueden deducir su pago de la cuota de autónomos así como  los seguros de salud o pagos de membresía a colegios profesionales. Y lo puedes hacer sin factura. 

Bastará con aportar como justificante el extracto bancario en el que se ven los datos de la operación.

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