Última actualización: November 18, 2025
Son deducciones aplicables en cualquier comunidad autónoma. Existen varias actualmente, pero las más comunes a aplicar son:
- Por inversión en vivienda habitual: Si adquiriste tu vivienda antes de 2013 puedes aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual sobre los intereses de la hipoteca y los costes de obras de rehabilitación, ampliación o adaptación por discapacidad siempre que las obras terminaron antes del 1 de enero de 2017 y la vivienda sea tu residencia habitual. La deducción a aplicar equivale al 15% de las cantidades satisfechas con un máximo anual de 9.040 euros por contribuyente.
- Donativos: Las donaciones a entidades beneficiarias según la ley permiten deducir del IRPF el 80 por ciento de los primeros 250 euros donados y el 40 por ciento del resto si se han donado importes iguales o superiores en los dos ejercicios anteriores la deducción sobre el exceso puede ser del 45 por ciento las donaciones deben ser a entidades autorizadas y la base de la deducción no puede superar el 10 por ciento de la base liquidable de tu Renta.
- Alquiler de vivienda habitual: Si tenías un alquiler antes de 2015 puedes seguir deduciendo el 10 % de lo que pagues por la vivienda incluyendo gastos de comunidad IBI y seguro del hogar. Para aplicar esta deducción existen límites máximos y restricciones según la renta del contribuyente (según tu base imponible).
- Por mejoras de eficiencia energética en viviendas: Las inversiones realizadas en obras que mejoren la eficiencia energética de la vivienda habitual o de una vivienda arrendada permiten aplicar una deducción en el IRPF. Para poder beneficiarse de la deducción es necesario contar con:
- Certificado de eficiencia energética de la vivienda.
- Facturas de las obras realizadas.
Las inversión que permiten esta deducción son las que implican:
- Reducción de la demanda de calefacción y refrigeración.
- Reducción del consumo de energía primaria no renovable.
- Rehabilitación energética de edificios residenciales.
Para más información respecto a estas deducciones puedes consultar la página oficial de la Agencia Tributaria.
- Por adquisición de vehículos eléctricos: Las inversiones en la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” o de pila de combustible, así como en la instalación de puntos de recarga, permiten aplicar deducciones en el IRPF. Para acceder a estas deducciones se puede consultar en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria mediante el Asistente Virtual de Renta quién tiene derecho a ellas, los porcentajes de deducción, la base máxima y los requisitos que deben cumplir los vehículos eléctricos.
Para consultar con más detalle todas las deducciones vigentes, puedes consultar la página oficial de la Agencia Tributaria: Deducciones generales del IRPF. Las deducciones familiares las puedes consultar también en nuestra sección de FAQs: Datos personales y familiares.
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