Última actualización: November 18, 2025
Son aquellos pagos que se han ido haciendo durante el año. Estos se distinguen en:
- Si trabajas como empleado (rendimientos del trabajo):
Retenciones aplicadas en nómina: en cada nómina se aplica un porcentaje de retención de IRPF, que es una parte del salario que resta a lo que finalmente recibes y que la empresa para la que trabajas ingresa trimestralmente mediante el modelo 111. Al presentar la declaración de la Renta, estas retenciones se restan del resultado final de tu declaración. - Si trabajas como autónomo (rendimientos de actividades económicas):
- Retenciones: Si emites facturas a empresas u otros autónomos en España y por la naturaleza de tu actividad corresponde aplicar retención en las facturas, estas funcionan de forma similar a las retenciones por rendimientos del trabajo. Emites las facturas con una retención del 7% (si acabas de iniciar tu actividad y has elegido esta modalidad) o 15%, tus clientes tienen que ingresar trimestralmente estas retenciones mediante el modelo 111 y, a la hora de calcular el resultado de tu declaración, estas se restarán.
- Modelo 130: si trimestralmente tienes obligación de presentar el modelo 130, en este se paga un 20% del rendimiento neto (ingresos - gastos), el cual se considera un pago a cuenta y funciona de la misma forma que en los apartados anteriores.
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