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Deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo

Última actualización: November 18, 2025

Estas deducciones son beneficios fiscales que reducen directamente el importe de tu declaración de la Renta. Pueden cobrarse al hacer la declaración o por adelantado cada mes.

Tipos de deducciones, cálculo e importes máximos 

Deducción

Importe máximo anual

Descendiente con discapacidad

1.200 €

Ascendiente con discapacidad

1.200 €

Cónyuge con discapacidad

1.200 €

Familia numerosa (categoría general)

1.200 €

Familia numerosa (categoría especial)

2.400 €

Incremento por hijo adicional

+600 €/hijo

Ascendiente con dos hijos sin anualidades

1.200 €

La deducción se aplica proporcionalmente al número de meses en que se cumplan los requisitos.

¿Quién puede beneficiarse de estas deducciones y qué requisitos exige cada tipo de deducción?

Pueden aplicarlas personas que:

  • Trabajan por cuenta propia o ajena y están en la Seguridad Social o mutualidad equivalente.
  • Reciben prestaciones por desempleo, pensiones públicas o prestaciones análogas de sistemas extranjeros.

No aplican a:

  • Prestaciones por dependencia.
  • Planes de pensiones privados.

Los requisitos según el tipo de deducción son:

  • Descendiente con discapacidad: Tener derecho al mínimo por descendientes.
  • Ascendiente con discapacidad: Tener derecho al mínimo por ascendientes.
  • Cónyuge con discapacidad: Discapacidad reconocida, ingresos ≤ 8.000 €, y no generar derecho a otras deducciones por familiares con discapacidad.
  • Familia numerosa: Acreditar ser miembro según la ley.
  • Ascendiente separado sin alimentos con dos hijos: Custodia exclusiva, hijos conviviendo con él/ella, y no cobrar anualidades de alimentos.

Existe un límite de estas deducciones que afecta sólo a quienes trabajan por cuenta propia o ajena, y se limita al total de cotizaciones a la Seguridad Social o mutualidad del año. En el último año de derecho (fallecimiento, fin de discapacidad, etc.) solo se cuentan los meses con derecho. No hay límite si se perciben prestaciones por desempleo, pensiones o al incremento por familia numerosa especial/hijo adicional. 

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